USO DE FACEBOOK. DESPIDO DISCIPLINARIO POR ATENTAR CONTRA LA DIGNIDAD E INTIMIDAD.

Destacamos en esta entrada la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia de Andalucía, por el que se declaró procedente el despido disciplinario de un trabajador por publicar en Facebook una imagen de una compañera de trabajo junto con un comentario que preferimos no reproducir.

Aun habiéndose producido por primera vez, dicha acción se consideró atentatoria de la dignidad e intimidad de la víctima y lo suficientemente grave tanto por el comentario en sí como por el medio de difusión que se utilizó, que potenció el daño ocasionado, confirmándose en el TSJ la declaración de procedencia del despido disciplinario del Juzgado de lo Social.

DEMIOVA

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